Cambio en forma de cálculo de Finiquitos

16 junio 2011

Importante: lo que sigue a continuación quedó sin efecto a los pocos días. Dejamos el post original para que quede la historia, y hemos elaborado uno nuevo con la modificación aquí.

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Hace unos pocos días, el 6 de Junio, la Dirección del Trabajo emitió el Oficio 2314/038 que sintetiza el nuevo proceder para el cálculo de la indemnización del Finiquito.

A partir de ahora no se deben tomar en cuenta la movilización, colación, viáticos, y otros conceptos incluidos en el segundo párrafo del art. 41 del Código del Trabajo a la hora de calcular las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y de años de servicio del finiquito de los trabajadores.

Resumimos la argumentación de la Dirección del Trabajo:

Por un lado tenemos el art. 172 del  Código del Trabajo, que dice:

“Para efectos del pago de las indemnizaciones a que se refieren los artículos 168, 169, 170 y 171, la última remuneración mensual comprenderá toda cantidad que estuviere percibiendo el trabajador por la prestación de sus servicios al momento de terminar el contrato, incluidas las imposiciones y cotizaciones de previsión o seguridad social de cargo del trabajador y las regalías o especies avaluadas en dinero, con exclusión de la asignación familiar legal, pagos por sobretiempo y beneficios o asignaciones que se otorguen en forma esporádica o por una sola vez al año, tales como gratificaciones y aguinaldos de navidad. ”

La novedad que se ha ingresado ahora es cómo interpretar lo que es “remuneración mensual”. Para ello se ha acudido al art. 41 del Código, donde dispone:

No constituyen remuneración las asignaciones de movilización, de pérdida de caja, de desgaste de herramientas y de colación, los viáticos, las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley, la indemnización por años de servicios establecida en el artículo 163 y las demás que proceda pagar al extinguirse la relación contractual ni, en general, las devoluciones de gastos en que se incurra por causa del trabajo.”

Por lo tanto, y para armonizar conceptos, se aplica este último párrafo para determinar aquellos conceptos que quedan fuera del cálculo de la base para la indemnización.

Toda la argumentación completa se encuentra en el enlace arriba expuesto al Oficio 2314/038.  Es una decisión que lógicamente ha suscitado debate, ya que  disminuye el monto de las indemnizaciones a incluir en el finiquito, y por tanto favorece al empleador y perjudica al trabajador.

Quienes defienden la postura del trabajador argumentan que evidentemente es una disminución en su indemnización en caso de despido. Quienes defienden la postura de la Dirección del Trabajo argumentan que sólo se ha consolidado un concepto para el cálculo de remuneración, que además ya se aplicaba en el caso de licencias médicas,  vacaciones, y otros. El debate está servido.


Recepción parcial de Guías de Despacho

31 marzo 2011

Éste es un proceso que suele complicar a más de una empresa. ¿Qué debo hacer cuando el cliente no me recibe la Guía de Despacho completamente, y el camión se viene de vuelta con parte de la mercadería?

Antes de indicar qué hacer, es importante señalar que la Guía de Despacho (cuando es por Venta y no por Traslado o Consignación) sustituye plenamente a la Factura, y acredita la venta realizada. Por este motivo, la Guía de Despacho y la Factura deben coincidir totalmente, tal y como se deduce del artículo 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Pero cuando hay recepción parcial de mercaderías, y tal y como dice el SII en el Oficio 2825 de 1982, se pueden separar 3 casos:

  1. El cliente decide no recepcionar parte de las mercaderías: en este caso es el cliente quien debe  emitir Guía de Despacho, la cual será el respaldo del traslado de las mercaderías devueltas, y que se adjuntará a la copia de la Guía inicial.
    En la Guía que va a elaborar el cliente, que no es una Guía de ventas, se debe especificar el motivo de la devolución, el número y fecha de la Guía original, y las mercaderías devueltas individualizadas.
    En este caso, sólo se facturan los items efectivamente recibidos por el cliente, pero es importante mantener siempre juntas tanto la Guía del despacho inicial, como la Guía que el cliente nos emitió a nosotros con la devolución.Esto puede complicar bastante la operativa de ciertos negocios que suelen emitir Guías por muchos productos, de los cuales el cliente elige in-situ sólo algunos. Y no hay solución sencilla, ya que legalmente las mercaderías deben viajar en el camión con una Guía de Despacho, y la Guía del despacho inicial no es válida para el traslado de vuelta de las mismas.
  2. Se emite una Guía de Despacho en las oficinas centrales, pero después desde la bodega no se despachan todas las mercaderías indicadas en la Guía inicial.
    Se produce cuando se emite la Guía en la oficina, y el camión después va a la bodega a recoger y despachar los artículos; pero al llegar a la bodega, se da cuenta que faltan algunos, o que no se pueden despachar otros.
    Pues bien, el SII es claro: en este caso, hay que volver a la oficina y emitir de nuevo una Guía de Despacho por lo que efectivamente se vaya a despachar.Este caso hoy en día es fácil de solucionar, ya que es sencillo mantener un sistema computacional en línea que permita emitir las Guías de Despacho desde la bodega o desde la oficina central.
    Es más, con la Guía de Despacho Electrónica es todavía más fácil, ya que incluso la oficina podría emitir de nuevo la Guía y enviar el PDF para ser impreso desde la bodega. En 1982 suponía un problema, pero hoy en día es más trivial este caso.
  3. Cuando el cliente recibe las mercaderías que acompaña la Guía, se establece que hay una merma, por lo que se recibe menor cantidad y/o precio.
    Estamos frente un problema con dos versiones: que la merma implique menor cantidad, o que signifique que se va a facturar la misma cantidad pero a un menor precio. La solución es la misma, hay que facturar todo el contenido de la Guía, y a continuación emitir Nota de Crédito por la merma.
    En el caso que la merma haya sido una cantidad menor, la Nota de Crédito es por devolución (sólo se indican las unidades devueltas, al precio original); y si la merma implica sólo un menor valor, la Nota de Crédito es por descuento (se indican todas las unidades, y en el precio unitario sólo el descuento a efectuar).Recuerde que en Laudus puede indicar por cada producto de las Notas de Crédito si es por devolución o descuento, y es importante a efectos del stock, ya que las Notas de Crédito por descuento no afectan a los movimientos  de stock, sólo a la rentabilidad de las ventas:

Tipo de Nota de Crédito

  1.  

Cambio de hora y Laudus

16 marzo 2011

Por si usted no lo sabía, la hora debía haber cambiado el 12 de Marzo, es decir, el fin de semana pasado. Pero como medida de ahorro energético, se ha pospuesto el cambio hasta el sábado 2 de Abril. Puede consultar la información del cambio en el sitio de la hora oficial que mantiene el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (www.horaoficial.cl/cambio.htm)

Windows (y todos los sistemas operativos) cambia la hora automáticamente en función de su zona horaria. Por eso, este fin de semana cambió la hora. Desconocemos la razón, pero en las actualizaciones de Windows no se incluyó la modificación de este año sobre el horario habitual, por lo que se cambió la hora el 12 de Marzo, y no se cambiará el 2 de Abril.

En teoría, uno no debería cambiar la hora del computador a mano, ya que hay servicios que no funcionarían bien, tales como calendarios de Outlook, o la sincronización horaria con los servidores de hora.

Sin embargo, en este caso, es casi más fácil que cambie la hora a mano, salvo en los servidores (Windows 2003 y Windows 2008) en los que es mejor dejarlos bien configurados ya que afectan a más servicios y usuarios. Otra solución es cambiar la zona horaria a una que sea UTC-GMT -3, en vez de la de Santiago que es -4 (como sería “UTC-03:00 Cayenne, Fortaleza”), pero no sé si es todavía más lío, ya que después hay que volver a cambiarla el 2 de Abril. Si ve que cambiar la hora a mano no ha tenido otros efectos, entonces no cambie la zona horaria.

¿Por qué casi recomendamos algo contrario a lo que dice Microsoft? En este caso han conseguido hacer realmente difícil un cambio que debería haber sido fácil. Para hacer un cambio de hora, primero hay que leerse varias páginas y recomendaciones; después visitar un sitio especial para bajarse un “hotfix” en función del sistema operativo; marcar el sistema operativo y recibir el correo con el vínculo al “hotfix”; bajarse el archivo indicado en el vínculo del email; ejecutar el archivo recibido para poder obtener su contenido, y suministrar la contraseña recibida en el email; y por fin se obtiene el “hotfix” que hay que ejecutar para corregir el horario.

Por si no se ha mareado suficiente, en el correo que le envían con el “hotfix”, se le advierte: “ADVERTENCIA: esta revisión no está completamente probada. Por lo tanto, sólo está pensada para sistemas o equipos que experimenten exactamente el mismo problema descrito“, y al ejecutar este “hotfix” se le pide primero hacer un respaldo de su sistema:

Es decir, como para asustar al 90% de los usuarios.

Si cambia la hora del sistema, es posible que no pueda ingresar a Laudus durante una hora, pero sólo afecta si ya ha accedido a Laudus en el mismo día antes de cambiar la hora. Esto es debido a que Laudus no permite manipular las fechas del sistema por seguridad (para prevenir que un usuario cambie la fecha del sistema y acceda a períodos o movimientos bloqueados en función de la fecha).

Si usted quiere cambiar la hora del sistema con el parche publicado por Microsoft, deberá hacer lo siguiente:

  1. Visitar la página que ha publicado Microsodft al respecto.
  2. Acceder a la página donde puede obtener el parche o “hotfix”.
  3. Seleccionar su sistema operativo en esta página.
  4. Recibir un mensaje con el parche y las instrucciones, que debe seguir.

Si usted es muy tecnológico, o quiere revisar un ejemplo de por qué todavía la computación está muy lejos de ser amigable, puede visitar la página de instrucciones detalladas sobre este problema en el blog técnico de Microsft, o vea las consideraciones de la página de la hora oficial de Chile.

 


El 40% de las facturas emitidas en Chile son electrónicas

24 febrero 2011

Ayer publicó este resultado el SII en esta página. Teniendo en cuenta que todas las facturas de servicios periódicos (electricidad, gas, telefonía, cable, etc), además de las de los grandes supermercados son electrónicas, ya tenemos un importante porcentaje de las facturas del país.

Pero además cada vez más las pequeñas empresas se están sumando a la Factura Electrónica. Ya no hay tantas barreras tecnológicas como al principio, e incluso se puede hacer gratis a través de MiPYME (el servicio de facturación electrónica gratis del SII), aunque tiene como principal inconveniente la doble digitación.

No es difícil intuir que en unos años más la gran mayoría de la facturación será electrónica. Es la tendencia en Chile, y en otros países del entorno que la están empujando de manera importante.

Una de las reticencias que tienen algunas empresas es el “miedo” a que el SII tenga mucha información de la empresa. Pero no es así, el SII sólo recibe lo que facturamos, ni más ni menos. Es como que nos pidan los Libros de Ventas y Compras en una revisión. Sólo reciben las facturas que emitimos, y esa información no es algo tan secreto, a no ser que se estén haciendo cuestiones extrañas con las facturas. Pero si no es el caso, no hay por qué tener reticencias en este sentido.

De hecho, cuando se factura electrónicamente, también se pueden emitir facturas manuales. Los dos sistemas pueden coexistir, ya que es posible que el computador se rompa un día, en cuyo caso se hacen las facturas con los impresos de toda la vida. El SII no pone ninguna restricción en cuanto a realizar facturas manuales, ni establece un porcentaje del total de las facturas que deban ser manuales o electrónicas.
Para que se haga una idea, el SII le otorga 2 años para comenzar a realizar Facturas Electrónicas una vez que usted obtiene la resolución que le faculta a utilizar este sistema. Si en ese periodo no hace Facturas Electrónicas, simplemente pierde la facultad (se “revoca” la resolución), y debe volver a postular para poder hacer estas facturas. Pero no hay multas ni reprimendas, el SII es bastante facilitador de este proceso.

Por eso, se pueden hacer facturas con fecha del mes anterior, haciendo  la factura en una factura normal, que es el típico caso que realizan muchas empresas por situaciones especiales con los clientes. Esta práctica se puede hacer sin problemas, ya que la factura se declara en el Libro de Ventas del mes anterior (que además se puede presentar el IVA hasta el día 20 del me siguiente).


Topes Imponibles 2011

14 enero 2011

El 6 de Enero la Superintendencia de Pensiones publicó las resoluciones 27 y 28 con los nuevos topes imponibles. El comunicado del 10 de Enero se puede revisar aquí.

El nuevo tope imponible para el cálculo de las cotizaciones de AFP, salud y mutual de accidentes es:
- Trabajadores que cotizan a una AFP: 66 UF (durante el 2010 estuvo en 64,7 UF).
- Trabajadores afiliados al IPS (ex-INP): el tope no ha sufrido modificaciones para el 2011, continúa en 60 UF.

El nuevo tope imponible para el cálculo del Seguro de Cesantía es de 99 UF (durante el 2010 tenía un valor de 97,1 UF). Este tope es para todos los trabajadores, tanto para los que cotizan a AFPs como aquellos en el régimen antiguo.

Estos nuevos topes imponibles tienen validez a partir de las remuneraciones de Enero, cuyas cotizaciones previsionales se pagan hasta el 10 de Febrero (13 de Febrero si es por Previred u otros medios electrónicos).

Puede revisar nuestra entrada sobre los topes imponibles del 2010 aquí, el primer año en entrar en vigor la revisión anual de topes imponibles desde los antiguos valores de 60 y 90 UF respectivamente.

Como ya sabe, en Laudus este valor es un parámetro que se suministra cuando se hace una liquidación, por lo que no hay que ejecutar ninguna actualización del software. Al realizar una nueva liquidación, obtiene la siguiente pantalla, con la casilla para los valores:

En el caso de no tener trabajadores IPS (ex-INP), la pantalla sólo mostrará los valores:

 


Mapa de Vacaciones y Ausencias

10 enero 2011

Ahora que se viene el periodo de vacaciones, hemos desarrollado una pantalla-informe con un Mapa gráfico de las Vacaciones y Ausencias de todos los trabajadores (o de aquellos de un centro de costos). Para acceder a este informe, puede hacerlo desde \Herramientas\Informes\Personal, o desde la pantalla de \Personal\Empleados (en los informes asociados a esta pantalla):

Mapa de Vacaciones y Ausencias

Toda la información se obtiene de los datos ingresados para cada trabajador en su ficha.

El informe muestra para un año dado todas las vacaciones y ausencias de todos los trabajadores. Los días en columnas y los trabajadores en filas. En la esquina superior izquierda se puede cambiar el año. Y los colores de la leyenda se pueden cambiar  haciendo click en ellos.

Los tamaños de las celdas deben ser pequeños, ya que hay que presentar 365 columnas, lo cual no es sencillo. De hecho, no podemos enviar el gráfico a Excel, ya que  la mayoría de las versiones no admiten más de 256 columnas.

Si pasa el mouse por encima de las vacaciones y ausencias, le aparecerá una leyenda con el nombre del trabajador, el periodo, y las notas ingresadas para cada movimiento.


Contratos por Obra o Faena

20 diciembre 2010

Tal y como dice la Dirección del Trabajo, “Contrato por obra o faena es aquella convención en virtud de la cual el trabajador se obliga con el respectivo empleador a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada, cuya vigencia se encuentra circunscrita o limitada a la duración de aquella. De esta forma, constituyen contratos por obra o faena transitoria, aquellos que se celebran para la ejecución de una obra o trabajo que por su naturaleza intrínseca tiene el carácter de momentánea o temporal, circunstancia ésta que deberá ser determinada en cada caso particular.”

Hasta ahora sólo se podían especificar en Laudus los tipos de contrato Indefinido y a Plazo Fijo.

¿Por qué? Simplemente porque en Previred no nos daban la opción de informar los contratos por Obra o Faena. Hoy en día Previred es el medio de pago de imposiciones más utilizado, y nos tenemos que adecuar a la información que podemos suministrar. No en vano es un servicio de propiedad de las AFP de Chile.

Sin embargo, la realidad es que estos contratos por Obra o Faena son cada día más utilizados, y desde el punto de vista de la gestión era importante registrarlos. Nuestra legislación no recogía los contratos por Obra o Faena de una manera explícita, por lo que la Dirección del Trabajo se encargó de regularlo más tarde. Así tenemos por ejemplo la Ordenanza 2389/100 del año 2004 que resume y sistematiza varios aspectos de estos contratos, tales como definición y alcance, negociación colectiva, terminación de la relación laboral, o contratación sucesiva.
También puede revisar de manera resumida las preguntas frecuentes referentes a los tipos de contratos.

Una diferencia importante de estos contratos con los contratos a Plazo Fijo es la ausencia de fecha de término expresa en el cotnrato. No se sabe a priori la fecha de finalización, ya que será cuando se concluya la faena objeto  del contrato. Sin embargo en Laudus era obligatiorio especificar la fecha de término para los contrato a Plazo Fijo, por lo que no era fácil gestionar los contratos por Obra como si fueran a Plazo Fijo (un contrato a Plazo Fijo tiene que tener fecha predeterminada, pero su duración no puede ser de más de un año, como indica el Código del Trabajo en el artículo 159).

Por esta razón, y para facilitar su gestión, incluimos en  Laudus los contratos por Obra o Faena.

Contrato por Obra o Faena

Cuando se selecciona esta opción, no es obligatorio poner fecha de término del contrato. Al enviar la información a Previred, estos contratos se informan como contratos a Plazo Fijo pero sin fecha de término (ya hemos dicho que Previred no recoge los contratos por Obra como una opción).

En caso de especificar fecha de término para este tipo de contratos, también se incluirán en el listado de “Contratos por Caducar”, de tal forma que sea más cómodo gestionar sus plazos.


Mejoras en la importación de Facturas Electrónicas de Compras

15 diciembre 2010

En la última actualización del software hemos mejorado la importación de Facturas Electrónicas de Compras. Esta importación sólo la pueden hacer aquellas empresas que tienen implementada la Factura Electrónica dentro de Laudus.

Como ya sabe, las facturas electrónicas se envían por email desde el emisor de la factura al receptor de la misma. El emisor debe enviarlas a la dirección de correo electrónico inscrita por el receptor en el SII. Evidentemente sólo hay que enviarlas en el caso de que el receptor, es decir, el cliente, esté habilitado en el SII para emitir-recibir facturas electrónicas.

Para importar la factura en Laudus, abra la pantalla de \Compras\Facturas, y haga click en \Archivo\Importar:

Importar DTE

Hasta la actualización  de hoy, se desplegaba una pantalla de importación de facturas electrónicas del proveedor. A partir de ahora, Laudus primero descarga todas las facturas que haya pendientes en el correo, y las almacena para ir importándolas.

Antes de seguir explicando, recuerde que Laudus  gestiona su casilla de intercambio entre contribuyentes. Esta casilla sólo se utiliza para recibir facturas electrónicas de proveedores, y respuestas de clientes a facturas de ventas, por lo que es seguro (y preferible) que Laudus la gestione. Para configurarla, hágalo en \Herramientas\Opciones:

Casilla de Intercambio

Una vez comprobado el correo, se descargan todas las facturas de compras a una carpeta denominada “Pendientes_Importar”. Esta carpeta se crea por defecto dentro de la carpeta de DTE de la empresa. Una vez descargadas, se importa la primera factura en la cola.

En esta carpeta no se almacenan lo archivos XML de las facturas de compras, sino el mensaje de correo electrónico completo. Por ello no se puede importar directamente ni previsualizar desde el Explorador de Windows®.

Al hacer \Archivo\Importar de nuevo, si hay facturas pendientes de importar, se van agregando una a una sucesivamente. Así hasta que no quedan más. En cada paso, Laudus va informando de cuántas facturas quedan pendientes de importar. De esta manera, no hay que comprobar el correo por cada factura como antes, sino que se hace una sola vez por sesión.

También se han mejorado varios aspectos, como la eliminación al recibir el correo de las facturas de proveedores que están repetidas (muchas veces los sistemas automáticos de éstos las envían varias veces cuando no reciben una respuesta inmediata).

Por último, recuerde que Laudus actualiza automáticamente, y una vez al mes, la información de las casillas de clientes y proveedores que son “electrónicos”.

Y si quiere recordar las respuestas que se pueden emitir a los proveedores, revise la entrada: http://blog.laudus.cl/2009/11/12/como-responder-a-una-factura-electronica-de-un-proveedor/


Importación de Información

16 noviembre 2010

Muchas veces tenemos información en planillas de Excel, archivos de texto u otros formatos que queremos incorporar a Laudus. Lo más típico en la carga inicial de clientes, proveedores o productos, por ejemplo.

En Laudus tenemos dos formas de importar información, mediante el menú \Archivo\Importar, o copiando la información en la otra aplicación (Excel principalmente) y pegándola en Laudus mediante \Edición\Pegar Tabla. Exponemos ambos métodos a continuación:

Importación de datos mediante \Archivo\Importar:

Esta opción está habilitada para las pantallas de Clientes, Proveedores, Productos. También está habilitada para las Facturas de Compras, pero en este caso es sólo para importar facturas electrónicas en formato XML.

Primero debe abrir la pantalla en cuestión, y entonces importar la información. En Clientes y Proveedores obtendrá la siguiente pantalla:

La segunda opción es sólo para importar/actualizar la información relativa a Clientes y Proveedores electrónicos. Es decir, Laudus descarga un archivo de información para revisar sus Clientes y Proveedores y ver cuáles son emisores electrónicos y actualizar su información (los marca como electrónicos y actualiza por ejemplo el email de intercambio de información). Este proceso se hace automáticamente una vez al mes, por lo que no hace falta que lo ejecute, salvo excepción.

La primera opción es la que nos lleva a importar datos desde una planilla de Excel, al igual que con los Productos. Esta planilla debe tener todos los datos en columnas, pero el orden de las columnas puede ser el que usted desee. Primero deberá especificar el archivo a importar:

Importar Datos

y a continuación podrá especificar qué datos contiene cada columnas del archivo a importar. Primero debe señalar el dato en el despegable de arriba de la pantalla:

Importar Paso 1

y después pinchar en el encabezado de la columna que contiene ese dato. En nuestro ejemplo, la primera columna es el nombre del cliente, luego hay que elegir la variable “Nombre” y después pinchar en el encabezado de la primera columna. Y así sucesivamente con todas las columnas, hasta que quede de la siguiente forma:

Importar Paso 2

y ahora podemos terminar la importación. Este proceso sirve para importar y/o actualizar. Es decir, por ejemplo en el caso de los productos, si Laudus ve que el producto a importar ya existe, lo que hace es actualizar los datos de ese producto con los especificados en la planilla; si el producto no existe, lo agrega.

De esta manera se pueden hacer actualizaciones en bloque. Lo más fácil es exportar los datos desde la pantalla de \Herramientas\Listados a Excel, modificarlos en bloque allí, y después importarlos a Laudus.

 

Importación de datos mediante \Edición\Pegar Tabla:

Este tipo de importación de datos es más natural para el usuario de Windows. Se trata de copiar una tabla de datos en Excel, y pegarla en Laudus. Así de fácil.

Esta funcionalidad está disponible para casi todas las pantalla de ingreso de datos en Laudus que contengan cuadrícula de datos (datos en filas y columnas), tales como Comprobantes, Inventarios, Salidas de Bodega, Cartolas del Banco, o Liquidaciones de Sueldos,  por ejemplo.

Ejemplo de Edición-Pegar Tabla

¿Y qué diferencia hay entre “Pegar” y “Pegar tabla”? “Pegar” sirve para pegar un dato en Laudus, y se puede utilizar. Por ejemplo, una dirección de un cliente desde otra aplicación a Laudus. Es la utilización típica de una aplicación de Windows.
Y “Pegar Tabla” es más especial, ya que pega una tabla de datos completa.


Conciliación de Bancos en Moneda Extranjera

25 octubre 2010

Ahora ya puede conciliar las cuentas de los Bancos que están en una moneda extranjera. Para ello, obviamente, debe habilitar la contabilidad multimoneda, ya que se comparará cada movimiento contable del Banco en su moneda original, y no en pesos tal y como figura en la contabilidad oficial.

Para poder conciliar cuentas bancarias en moneda extranjera, debe seguir los siguientes pasos:

  1. Habilitar la contabilidad multimoneda: para ello, debe abrir la pantalla de configuración de opciones de la empresa (\Herramientas\Opciones) y marcar la siguiente casilla:
    Opciones Contabilidad Multimoneda
  2. Agregar la moneda, en caso de que ya no esté especificada en el maestro de monedas (\Compras\Monedas).
  3. Especificar en el Banco en cuestión la moneda de origen diferente del peso (en el menú \Compras\Bancos):
  4. Ir a la conciliación bancaria e ingresar las cartolas en su moneda original. Las cartolas mostrarán el número de decimales que correspondan a la moneda especificada, por eso es importante haber ingresado bien la moneda con todos sus parámetros. Por defecto, Laudus ya ha especificado el dólar, el euro, y la UF.

También hemos mejorado considerablemente la velocidad de cálculo de la conciliación, muy útil para contabilidades con muchos movimientos.


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