Nuevas Declaraciones Juradas 3327 y 3328

Como ya saben, el 1 de Agosto del año 2007 el Servicio de Impuestos Internos, mediante la Resolución Exenta nº 86, creó la Declaración Jurada 3323, obligatoria para todos los contribuyentes que tuvieran un crédito de IVA total anual igual o superior a los 250 millones.

Es decir, si el IVA total anual de las compras de su empresa es igual o superior a 250 millones de pesos, se debe entregar  un resumen cada semestre con el total de las ventas y compras efectuadas a/de cada RUT. Cada RUT de cada cliente y proveedor se expresa en una línea, con el total del IVA de sus compras/ventas.

Pues bien, esta Declaración Jurada 3323 ha quedado obsoleta, ya que el SII ha emitido la nuevo Resolución Exenta nº 117 de 3 de Octubre de 2011, que deja sin efecto la antigua Res. Ex. 86 del 2007.

Esta nueva Resolución sustituye la antigua  DJ 3323 por dos Declaraciones Juradas: la DJ 3327 de Compras y la DJ 3328 de Ventas.

El funcionamiento y obligaciones son muy parecidas a la 3323, la única variación ha sido descomponer la declaración en dos distintas, y  el formato de las mismas. En resumen, los puntos más importantes de ambas declaraciones son:

  • Son obligatorias para aquellos contribuyentes cuyo crédito de IVA anual sea igual o superior a 250 millones de pesos (IVA de las compras).
  • Una vez que una empresa cumple este requisito, la obligación de presentar las declaraciones perdura, aunque el valor de crédito de IVA sea menor en otro año.
  • Se tienen que presentar cada semestre, y los plazos son: hasta el 28-29 de Febrero para la declaración del segundo semestre, y hasta el 31 de Agosto para la declaración del primer semestre.
  •  Aquellos contribuyentes que son emisores de facturas electrónicas no tienen la obligación de presentar estas declaraciones.
  • Se tienen que enviar de forma electrónica, ya no existe el formulario. Se tienen que enviar un formato de Libro de Compras por cada mes, y otro de Libro de Ventas por cada mes también. En total 12 Libros (6 de compras y 6 de Ventas).
  • Entra en vigor ya mismo, por lo que la declaración del periodo 01-07-2011 al 31-12-2011 ya debe hacerse con estos dos “formularios”, y no con la 3323.

En Laudus ya están disponibles ambas declaraciones:

Se deberán generar los 6 archivos de la DJ 3327, uno por cada mes, y lo mismo para la DJ 3328. Y después subirlos desde la página web del SII en el menú:

Declaraciones Juradas -> Declaraciones Juradas de IVA -> Declaraciones Juradas de IVA F3327 y F3328 -> Enviar o corregir declaraciones -> Upload XML

Este último paso es importante, ya que el formato que genera Laudus es para utilizar la opción “Upload XML” en la última pantalla, en vez de “Importador”.

16 Respuestas a Nuevas Declaraciones Juradas 3327 y 3328

  1. Víctor Cincinnati Palma dice:

    Sería muy interesante si Uds. con la capacidad que tienen sobre las materias tributarias, pudiesen ofrecer clases de cómo confeccionar esta dos nuevas declaraciones juradas de IVA y que vencen el 28 de Febrero 2012.

    Es un gran servicio que harían y quedarían en un alto pedestal con los contables que no olviden que tienen otros miles de compromisos en esta época.

    • Laudus dice:

      Estimado Víctor, estas declaraciones no son conceptualmente difíciles, ya que sólo hay que agrupar por cada RUT todos los IVAs crédito y débito, o enviar los Libros de Compras y Ventas en formato XML. Es bastante fácil, teóricamente. El problema es que en la práctica es una lata si lo tiene que hacer a mano, ya que es mucho trabajo. Tenga en cuenta que estas declaraciones son sólo para aquellas empresas con compras que hayan generado un crédito de IVA por 250 millones de pesos o más.

      El SII ni siquiera ha considerado esta posibilidad (hacerlo a mano), y me parece lo correcto, ya que es muy difícil que empresas “grandes” como estas no tengan un software. Por eso estas declaraciones las debe hacer el software. Además, realizar a mano el formato XML que pide el servicio es casi imposible. Por estos motivos, estas declaraciones debe dejar que las haga el software que gestiona la empresa.

  2. nicolas castro dice:

    Ha lo que lo que puedo entender a lo a que se refiere víctor, es si, hay alguna guía de como hacer los formularios puesto que la forma esquemática es muy ambigua de realizar. y basados a los requerimientos fehacientes requeridos por el servicio.
    mi pregunta va enfocado a lo mismo.

    como se debería de realizar los formularios correctamente basado en los requerimientos del sii.

    • Laudus dice:

      Estimado Nicolás, te respondo lo mismo. Estos formularios son para empresas con un crédito de IVA de 250 millones o más. Eso significa compras por más de 1.300 millones en el año.

      Ese volumen implica tantas facturas de compras, que es impracticable hacerlo a mano. Por eso el SII casi ni contempla la posibilidad de hacer un formulario. Hay que enviar los Libros de Compras y Ventas en formato CSV (texto separado por comas), o subirlos en el formato XML que se utiliza para los Libros de Compras y Ventas electrónicos. Por estos motivos, o lo hace con software, o le va a ser difícil.

      • nicolas castro dice:

        el caso estas mezclando volumen de facturas, y estas dejando de lado los montos, a los cuales son elevados no afectaría primordial-mente esto hacerlos a mano y por eso de mi consulta.
        saludos

      • Laudus dice:

        Estimado Nicolás, tienes razón, podrías tener muy pocas facturas de un monto grande, y que las ventas también fueran pocas. En ese caso tienes que elaborar el Libro de Compras y Ventas en el formato CSV que te indica el SII, y subirlo mediante la página web del SII.

  3. Jorge Gutierrez Medina dice:

    Que diferencia hay en enviarlos en formato CSV ( separado por ; ) y enviarlos en formato XML , para mi entender es el volumen de documento. o da lo mismo.
    Gracias

    • Laudus dice:

      Estimado Jorge, da lo mismo. El formato CSV es un formato en el que cada movimiento va en una línea con los datos separados por comas o puntos y comas, por ejemplo:

      99544700;2;166760;0;18;578;1;0;0;0;0;0;

      Las instrucciones para su llenado las tiene en: http://www.sii.cl/declaraciones_juradas/ddjj_3327_3328/navegacion_importador_lcv.htm

      El formato XML está muy difundido, ya que es también texto pero está estructurado, la información es más legible. Además el SII a adoptado el mismo formato que se utiliza para la factura electrónica, que ya es muy conocido. En este formato, una factura por ejemplo es como se muestra a continuación (aunque el archivo completo tiene mucho más contenido adicional):

      Ejemplo XML

  4. gladys dice:

    cuando el IVA de las compras es menor a 250 millones y el IVA de las ventas mayor a 250 millones, se hacen o no las declaraciones juradas 3327 y 3328? gracias. Gladys

    • Laudus dice:

      Estimada Gladys, es sólo el IVA compras (IVA crédito). Las ventas pueden ser las que quiera.

      Pero tenga en cuenta que una vez que pasa ese umbral, está obligada a realizar estas declaraciones, aunque en años posteriores el IVA crédito sea menor a 250 millones de pesos.

  5. Giordan dice:

    Estimados buenas tardes, genere el archivo.csv, pero tengo un error

    Error “tipo de documento no es númerico” a que se refiere esto, como lo soluciono?

    • Laudus dice:

      Estimado Giordan, debe verlo con el proveedor del software. Y si lo ha hecho con Excel, entonces revise bien el archivo generado. En Laudus hemos optado por generar sólo los XML del estilo de los Libros de Compras y Ventas electrónicos.

  6. Leonardo dice:

    logre subir los libros de ventas en imprtador(formato csv) pero los de compras me generar un error “el detalle ya existe para tipo documento y folio” y reviso y no se repite ningun folio. ¿como genero documentos XML que me recomiendas? se me acaba el plazo.

    • Laudus dice:

      Estimado Leonardo, efectivamente el mensaje en cuestión significa que hay un folio repetido, intenta revisar dos veces.

      El archivo XML debes generarlo con software que te permita hacerlo (además del nuestro hay muchos otros), ya que es el mismo formato que para los Libros de Compras y Ventas Electrónicos, y es un formato más complicado y que te exige más datos y validaciones (como por ejemplo codificar los diferentes tipos de impuestos que no son IVA, separar los tipos de deducción de IVA, etc).

  7. rosi dice:

    Consulta, las declaraciones 3327 y 3328 siguen siendo semestrales cierto? Escuche que desde el año 2012 serían mensuales, estoy en lo cierto?

    Gracia

    • Laudus dice:

      Estimada Rosi, siento decirle que escuchó mal. Siguen siendo semestrales como se indica en la entrada, pero la diferencia es que hay que entregar los Libros de Compras y Ventas mensuales (6 Libros de Compras y 6 Libros de Ventas). Antes, cuando existía la DJ 3323, había que enviar un resumen semestral de todas las operaciones por RUT. Ahora se envían todos los Libros de Compras y Ventas del semestre, cada Libro en un archivo (del formato CSV o XML).

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